Para sorpresa de muchos el
Parlasur, que supuestamente no funcionaría hasta el 2020, tendrá su Sesión
número 40 el próximo 11 de julio (la sexta de este periodo parlamentario) y horas
antes la Comisión de Asuntos Internos que integro deberá analizar el caso López
y recomendar al Plenario del Cuerpo su expulsión o su mantenimiento.
Como no soy jurista es que voy a utilizar la
practicidad y el criterio simplificador que mi profesión de ingeniero me ha
desarrollado para dar mi opinión en este marco.
El Reglamento del Parlasur dice
que sólo el plenario del Cuerpo es el Juez de sus pares y que, al no contar
todavía con un Código de Ética, solo podremos dictaminar sobre el único motivo
que menciona el reglamento que es la denominada “falta de decoro”.
No analizaremos si la acción de
tener dólares o un arma con permiso vencido es punible judicialmente ya que no
tiene este Parlamento dicha atribución.
No estaremos analizando si López
es parte de una asociación ilícita o si es un infiltrado del periodismo para
desacreditar a un gobierno exitoso como alguna respetable señora dijo porque
tampoco tenemos la potestad para hacerlo.
No estaremos tampoco analizando
si al no existir condena el parlamentario es inocente hasta que se pruebe lo
contrario ni si el parlamentario tiene fueros o no. Tampoco es cierto que
podremos investigar si algunos compañeros de Bloque tenían alguna vinculación
con López porque tampoco tenemos dicha atribución.
Todo eso es tarea de la Justicia
Argentina. Nosotros solo podremos aplicar al Parlamentario López lo que prevé el
reglamento que debemos respetar a rajatabla, convenga o perjudique a los intereses
de cada uno de sus integrantes.
Será un juicio absolutamente relativo
ya que cada uno de nosotros dictaminaremos en función de lo que entendamos es
una “falta de decoro”. Y es por eso que vamos a ser sumamente subjetivos al
plantear el fallo de culpable y sumamente subjetivos al dictaminar la condena.
Dicen los filósofos que la ética
es el deber ser y digo yo, triste ingeniero, que una conducta decorosa es todo lo que se
espera que un representante de los pueblos que decimos representar haga dentro
o fuera de este Parlamento. Y en este caso. el representado o sea el pueblo
argentino ya condenó la conducta de este parlamentario mucho antes que la lenta
justicia. La totalidad de las expresiones políticas ya se han expresado
públicamente aun sin analizar si el caso es punible o no. Y aunque no
siempre creo que sea cierto que la voz del pueblo sea la voz de Dios yo también
lo juzgo culpable de manera inapelable.
Y está bien que ya se lo haya
juzgado previamente porque cuando se analiza una conducta ética no importa si
cabe sanción judicial o no. No importa si López logra a través de resquicios
legales (o complicidades judiciales) salir airoso del proceso judicial. Nuestros pueblos esperan de sus
representantes que tengan conductas propias de la alta investidura que un cargo
otorga y no solo espera que los políticos que sean inocentes de los delitos de
que se los acusa sino también exige que no tengan comportamientos repudiables
para la ética culturalmente aceptada. Es más, ni siquiera acepta que estén
procesados aunque la ley diga que son inocentes hasta que se pruebe lo
contrario.
No esperan nuestros conciudadanos
que sus representantes anden a las tres de la mañana con un arma (declarada o
no) revoleando dinero (declarado o no) a un convento (declarado o no). Y mucho
menos esperan que la persona descubierta “in fragantti” grite que los policías (a
quienes minutos antes intentó sobornar) le querían “robar el dinero que traía
para las monjitas”.
Cuando por primera vez leí el
Reglamento del Parlasur me pregunté (y hasta googleé) que es una falta de
decoro y como se podría definirla, no encontré elementos concretos que lo
hicieran. Por suerte, la conducta de López se encargó de hacerlo mucho mejor
que los diccionarios.
Humberto Benedetto
Parlamentario del Mercosur
por Córdoba, Argentina

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